AETSU
¿Qué es la Evaluación de Tecnologías Sanitarias (ETS)?
Es un proceso multidisciplinario que utiliza métodos explícitos para determinar el valor de una tecnología sanitaria en diferentes etapas de su ciclo de vida. Su objetivo es fundamentar la toma de decisiones para promover un sistema de salud equitativo, eficiente y de alta calidad (INAHTA).
¿Por qué una Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias en Uruguay?
La información relacionada con la salud tiene un crecimiento progresivo y en el ámbito de las tecnologías aún más. El desarrollo de las ETS ha sido considerable en las últimas décadas a nivel mundial, y especialmente en los últimos años en Latinoamérica, constituyendo hoy una parte indispensable de los sistemas de salud de varios países de la región.
Ante la dinámica propagación de nuevas tecnologías, las ETS buscan dar transparencia en los procesos de incorporación de tecnologías y ayudan a ordenar los procedimientos de asignación de recursos y toma de decisiones en salud.
Definición de Tecnologías Sanitarias: Cualquier intervención que pueda ser utilizada en la promoción de la salud, prevención, diagnóstico o tratamiento de una enfermedad, rehabilitación o cuidados prolongados. Se incluyen los medicamentos, los dispositivos, los procedimientos médicos y quirúrgicos, así como los sistemas organizativos dentro de los cuales se proporciona dicha atención sanitaria (INAHTA).
Normativa
Desde el punto de vista normativo, la Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias nace con el artículo 407 de la Ley N° 19.889, promulgada el 9 de julio de 2020, con el consenso de la totalidad de los partidos.
El Capítulo III de “Creación de la Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias”, define que “Habrá una Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias, constituida como persona jurídica de derecho público no estatal”. Con la Ley N°19.924 de Presupuesto Nacional se aprueba su organización y presupuesto en los artículos 403 al 422. Finalmente, el decreto 241/021 reglamenta al organismo, y el 26 de junio de 2023 se ajusta la reglamentación a las necesidades operativas de la Agencia.
El 12 de junio de 2023, el reglamento interno del Ministerio de Salud Pública actualiza el proceso de incorporación de especialidades farmacéuticas, reconociendo a la Agencia como institución idónea para brindar informes técnicos de eficacia y seguridad, o estudios de evaluación económica.
En la ley de Presupuesto Nacional para el período 2025-2029 se incorporan dos artículos los cuales indican que:
* "Para la inclusión de nuevas afecciones e introducción de otras técnicas y medicamentos, se deberá requerir el asesoramiento técnico de AETSU".
* "La decisión de incorporación de medicamentos y prestaciones de salud al Formulario Terapéutico de Medicamentos y a los programas integrales de prestaciones consagrados en el artículo 45 de la Ley N° 18.211, de 5 de diciembre de 2007, será competencia del Ministerio de Salud Pública. Deberá contar con informe previo preceptivo (no vinculante) realizado por la Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias creada por el artículo 407 de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020, y por un informe favorable del Ministerio de Economía y Finanzas respecto del impacto fiscal, que asegure la sustentabilidad del Sistema Nacional Integrado de Salud."